Con la implementación del Decreto 238 que rige la medida de pico y placa para el segundo semestre de 2024, y que entrará en vigor a partir de este jueves 11 de julio, se estipularon 19 excepciones a vehículos que podrán transitar sin restricción alguna en razón a su naturaleza, servicio o la situación médica particular de las personas que los conducen.
El acto administrativo determinó que los vehículos de profesionales de la salud que deban desplazarse para prestar asistencia médica, de servidores públicos con esquema de seguridad, de comunicadores sociales y periodistas, de personas en situación de discapacidad o con afecciones físicas o mentales y de establecimientos de comercio con servicios de mensajería o domicilio, podrán circular con previa inscripción y cumplimiento de requisitos en la Secretaría de Movilidad.
“Los conductores de estos vehículos deberán obtener un permiso especial que les permita desarrollar sus labores o asistir a sus citas médicas y desplazarse sin contratiempos”, explicó Ómar de la Peña, director de Planeación y Prospectiva de la Secretaría de Movilidad.
Para realizar la inscripción, los conductores de estos vehículos deben ingresar a la página de la Secretaría de Movilidad: https://movilidadvillavicencio.gov.co/home y clicar en el botón “Solicitud excepción de pico y placa”, o acceder directamente a este enlace: https://bit.ly/excepcionespicoyplaca.
Allí subirán la cédula de ciudadanía, licencia de conducción, un certificado que acredite la labor que realiza o, en el caso de ser paciente con alguna condición especial, su historia clínica con expedición no mayor a 30 días. Así mismo, la licencia de tránsito, revisión técnico mecánica y SOAT del vehículo vigentes.
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